Guía · cinco pasos

Cómo hacerlo, paso a paso

Este es el procedimiento general que describen las fuentes públicas (Ateus de Catalunya y el reportaje de 3Cat de enero de 2026). No hemos encontrado una guía pública completa para ninguna diócesis de Cataluña; la de Tortosa publica instrucciones para sus parroquias. Donde una diócesis tiene reglas propias, las encontrarás en su ficha. Antes de enviar nada, confirma los requisitos con tu diócesis.

  1. Paso 1: Escribe la carta (instancia)

    Una carta o instancia con tus datos personales (nombre y apellidos, DNI o NIE, dirección) y una declaración clara de tu voluntad de dejar la Iglesia católica y de que conste en el libro de bautismo. Si sabes la parroquia y la fecha aproximada del bautismo, inclúyelas: ayudan a localizar la inscripción. Fírmala y ponle fecha. El generador de este web te prepara un borrador con esta estructura, pero no es un modelo oficial ni revisado legalmente.

  2. Paso 2: Adjunta una copia del DNI o NIE

    Todas las fuentes coinciden en que hay que adjuntar una copia del documento de identidad, pero algunas diócesis la piden compulsada. Si lo envías por correo, no incluyas nunca el documento original.

  3. Paso 3: Certificado de bautismo, opcional o solicitado según la fuente

    Las fuentes no coinciden. Ateus de Catalunya lo considera opcional, porque la diócesis ya tiene los datos de la inscripción. 3Cat, en cambio, lo incluye entre los documentos que se piden, y un artículo de la Agència Flama de 2025 también lo menciona (véase más abajo). Si puedes obtenerlo sin dificultad en la parroquia donde te bautizaron, adjuntarlo no parece perjudicar. Si no, puedes presentar la solicitud igualmente y ver qué te responden.

    Excepciones confirmadas: los obispados de Lleida y de Solsona piden la partida de bautismo como documento obligatorio.

  4. Paso 4: Elige la diócesis y decide cómo entregarlo

    Una vez elegida la diócesis, consulta su ficha en este web para ver la dirección y lo que sabemos de la forma de entregar la solicitud. En Lleida debe hacerse presencialmente; en Solsona, se puede hacer en persona, por correo postal o por correo electrónico; según 3Cat, Barcelona también lo pide en persona. En otras se acepta a veces el correo postal o electrónico, pero no hemos podido verificarlo diócesis por diócesis. Ateus de Catalunya aconseja enviarlo por correo certificado (mejor con acuse de recibo) y escribir "Referencia: apostasia" en el sobre. Sea como sea, guarda una copia de todo lo que entregues y el comprobante del envío o del registro de entrada.

    Punto no resuelto. Las fuentes se contradicen sobre a qué diócesis hay que dirigirse. Ateus de Catalunya dice que a la diócesis del lugar donde vives actualmente; 3Cat dice que a la diócesis a la que pertenece la parroquia donde te bautizaron. Lleida y Solsona aceptan las dos opciones (residencia o parroquia de bautismo), y Tortosa pide la diócesis de residencia. Si las dos coinciden en tu caso, no tienes ninguna duda. Si no, pregunta a la diócesis antes de enviar nada.
  5. Paso 5: Posible seguimiento y comprobación al cabo de un mes

    Algunas diócesis pueden enviarte una carta para que la firmes o invitarte a una entrevista con un vicario. El Obispado de Solsona propone un encuentro o conversación para completar el procedimiento. Según 3Cat, esta entrevista no es un requisito legal; puedes declinarla y pedir que se tramite la solicitud por escrito. Al cabo de un mes aproximadamente, Ateus de Catalunya recomienda llamar o escribir a la parroquia donde te bautizaron para comprobar que la nota marginal consta en el libro. Recuerda que lo que se anota es una nota al margen de la inscripción de bautismo: la inscripción no se borra.

Plazos

No hay ningún plazo oficial. Las fuentes describen desde respuestas en pocos días hasta silencio sin respuesta. El Obispado de Solsona estima aproximadamente un mes, incluido un encuentro con la persona. No podemos prometer ningún plazo ni que la solicitud sea atendida.

Coste

Normalmente es gratuito, pero no siempre. No hemos encontrado ninguna tasa publicada por ninguna diócesis, pero tampoco nos han confirmado todas que sea gratuito. Si te piden un pago, pide que te lo justifiquen por escrito.

Nota del Dicasterio (2025)

El Dicasterio para los Textos Legislativos de la Santa Sede publicó el 17 de abril de 2025 una nota explicativa firmada el 7 de abril. Dice que el libro de bautismos registra un hecho histórico y no es una lista de miembros, y que la inscripción no se puede modificar ni borrar, salvo errores de transcripción. Si una persona declara formalmente que abandona la Iglesia, esa declaración se anota en el libro a petición suya, pero la inscripción original se mantiene. La nota no dice qué documentos hay que presentar: la lista que a veces se le atribuye (partida de bautismo, DNI vigente y una petición del año en curso) sale del final de un artículo de la Agència Flama, no de la nota. El Obispado de Vic cita esta misma nota.

Fuentes del procedimiento general